“Somos la Tercera Notaría de San Miguel con asiento en la comuna de La Cisterna con jurisdicción en las comuna de El Bosque, La Cisterna, La Granja, La Pintana, Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda, San Joaquín, San Miguel, San Ramon”.

TRAMITES Y REQUISITOS

TRAMITES

Para realizar tus trámites de manera rápida y eficiente, te presentamos a continuación la lista de documentos necesarios para cada gestión.

Te recomendamos tomarte un momento para verificar que todos tus documentos estén actualizados y que cuentes con lo requerido antes de acudir a la Notaría.

DECLARACIONES JURADAS

Declaración de Ingresos
• Cédula de identidad vigente.

Declaración de Estado Civil (Soltería/Viudez)
• Cédula de identidad vigente del declarante.
• Dos testigos mayores de 18 años, sus cédulas vigentes y que no sean parientes.

Autorización de trabajo para menor
• Cédula de identidad del padre, en subsidio el de la madre.
• Cédula de identidad del menor (Mayor de 15 años).

Declaración de Renuncia Voluntaria
• Cédula de identidad vigente.
• Nombre y rut del empleador

Declaración para optar a Cargos Públicos
• Cédula de identidad vigente.

Cartas – Poder

Carta Poder para Servicio de Impuestos Internos
• Cédula de identidad Mandante o Poderante.
• Nombre Completo y Cédula de identidad de la persona a la que se le otorga el poder.

Carta Poder para Venta de Vehículo.
• Cédulas de identidad vigente por ambas caras.
• Certificado de anotaciones.
• Permiso de Circulación.

Autorizaciones de Viajes a Menores

 Cédula de Identidad Vigentes de ambos Padres.
• Cédula de Identidad acompañante del menor para salir del país.
• Certificado de Nacimiento del menor o Libreta de Familia.

Contratos de Arriendo

 • Cédula de Identidad Arrendador y Arrendatario.
• Cuando comparece en representación de una Empresa, acreditar Personería, trayendo copia de la escritura de poder o de la Sociedad donde conste la representación.
• Documento que acredite que es dueño de la propiedad o documento que verifique su facultad para arrendar.

Compraventa de Bienes Muebles Usados

  Cédula de Identidad Vigentes por ambas partes.
• Características del bien a transferir.
Ejemplo: Maquinaria.

Compraventa de Vehículos

   • Cédula de Identidad vigentes del comprador y del vendedor.
• Certificado de Anotaciones Vigente emitido por el Registro Civil, a contar de la fecha de celebración del contrato.
• Permiso de Circulación a nombre del vendedor.

Compraventa de Local Comercial

   Cédula de Identidad Vigentes de ambas partes y patente comercial.

Autorizaciones de Finiquitos


 Cédula de Identidad Vigente.
• Cotizaciones previcionales al día en AFC – IPS e Isapre (cuando corresponda).
• Últimas tres liquidaciones de sueldo.
• Cláusula que da cumplimiento a la ley 21.389 (declaracion jurada del empleador que señala que el trabajador no es deudor de pensión de alimentos)

Declaración Jurada (Salvoconducto)

 Dueño de la Propiedad
• Escritura que certifique dominio de la propiedad.
• Docuemento que acredite domicilio (luz, agua, gas, etc.).

No Dueño de la Propiedad
• Poder simple del dueño de la propiedad autorizando el cambio de domicilio.
• Fotocopia cédula de identidad del dueño y arrendatario.
• Exhibir comprobante luz, agua, gas, pagadas al día.
• Si se va a trasladar, comprobante de pagos al día incluido el de gastos comunes si es condominio.

Autorizaciones de Letras de Cambio y Pagarés

 • Cédulas de identidad vigentes y cuando comparece en representación de una Empresa, acreditar Personería, trayendo copia de la escritura de poder o de la Sociedad donde conste la representación vigente y pago del impuesto correspondiente.

Preguntas Frecuentes sobre Requisitos

 Que documento es obligatorio para cualquier tramite?
La cedula de identidad vigente de quienes comparecen.

Necesito llevar copias de documentos?
En varios tramites si. Revise el requisito especifico de su gestion para evitar observaciones.

Puedo confirmar los requisitos antes de ir?
Si. Puede escribirnos por correo o llamarnos para validar su caso antes de asistir.

Aranceles Notariales

Nota: Los valores publicados a continuación corresponden al Arancel de Notarios Públicos de Chile, publicado el 03.12.1998, y representan valores máximos o reglas de cálculo según el tipo de actuación. En los casos indicados como convencionales, con gastos adicionales o sujetos a cuantía, el valor final depende de la naturaleza específica del trámite.

Si desea una Versión descargable de los Aranceles puede hacerlo mediante el siguiente LINK.

Aranceles
ActuaciónValor D. Ex N°587 de 1998Valor Dic 2025 (169,7%)
1.1 Otorgamiento de toda escritura pública de la cual no se haga mención especial en este decreto.25006743
Recargo. Este no procederá respecto de las escrituras de promesa de celebrar un acto o contrato ni las de cancelación, ni las de modificación de contratos, salvo que estas modificaciones importen aumento de su cuantía en cuyo caso se aplicará sobre la diferencia y sujeto al mismo límite máximo. Las notarías que no sean de Santiago, se aplicará duplo del recargo, sujeto al mismo límite máximoUn uno por mil calculado sobre el monto del acto o contrato fijándose en 128000000 el límiteUn uno por mil calculado sobre el monto del acto o contrato fijándose en 345216000 el límite
Recargo. Respecto del contrato de hipoteca con cláusula de garantía general, se considerará monto del contrato el avalúo fiscal de los bienes raíces gravados; en el contrato de prenda con cláusula de garantía generalValor asignado a las especies gravadasValor asignado a las especies gravadas
Escrituras que den cuenta de un acto o contrato no susceptible de apreciación pecuniaria, como mandatos, reglamento de co-propiedad, prohibiciones u otras25006743
1.2 Cuando se tratare de una diligencia anexa a una escritura1500 (por diligencia)4046 (por diligencia)
1.3 Otorgamiento de testamento abierto750020228
Otorgamiento de testamento cerrado1000026970
Si se otorgan fuera de la oficina, estos valores se duplicarán. Además, deberá pagarse el derecho que corresponda por concepto de carillaje o copias  
1.4 Certificados y anotaciones al pie o al margen de un instrumento público8002158
Por cada certificación de estas anotaciones250674
1.5 Autorización de firma de instrumentos que tiene apreciación pecuniaria  
hasta $500005001349
más de $50000 hasta $15000010002697
más de $150000 hasta $20000015004046
más de $200000 hasta $50000020005394
Sobre $50000030008091
Los valores indicados se aplicarán cualquiera sea el número de firmas que contenga el documento  
En caso que el acto o contrato cuya firma se autorice no fuere susceptible de apreciación pecuniaria, cualquiera sea el número de firma que contenga el documento800  2158  
1.6 Certificado de Supervivencia250674
1.7 Certificado de Estado Civil250674
1.8 Autorización para salir del país con tres copias del documento15004046
1.9 Cartas poderes8002158
Cuando estos documentos se otorguen para cobrar asignaciones familiares, pensiones de jubilación, retiro o montepío, serán extendidos sin costo  
1.10 Declaraciones con una o más firmas5001349
1.11 Compraventa de cosas muebles25006743
mas el uno por mil sobre el monto de acto contrato, cualquiera sea el número de ejemplares, no pudiendo exceder de:No pudiendo exceder de 10000No pudiendo exceder de 26970
El recargo aplicable a la compraventa de automóviles se determinará considerando la tasación efectuada por el Servicio de Impuestos Internos para la liquidación del impuesto a la compraventa  
1.12 Notificación de prenda, alzamiento de las mismas o cesión25006743
1.13 Certificación de documentos5001349
1.14 Obtención de firma, por cada una de las que obtengan en lugares distintos15004046
1.15 Diligencias del Notario fuera de la oficina5000 (más el valor de las actas)13485 (más el valor de las actas)
1.16 Cada instrucción en el Libro respectivoArancel ConvencionalArancel Convencional
1.17 Protocolización de instrumento20005394
1.18 Autorización de cada copia5001349
1.19. Asistencia a Junta Generales de Accionistas de Sociedades Anónimas, por hora10000 (hasta)26970 (hasta)
1.20 Por Protesto de letras:  
hasta $5000010002697
más de $50000 hasta $10000013003506
más de $100000 hasta $20000016004315
más de $200000 hasta $30000019005124
más de $300000 hasta $40000022005933
más de $400000 hasta $100000025006743
más de $1000000 hasta $150000035009440
más de $1500000 hasta $3000000400010788
más de $3000000 hasta 5000000500013485
sobre $5000000600016182
Por requerimiento de aceptación o pago de letras cuyo protesto no se efectúa, el cincuenta por ciento de los valores determinados anteriormente, más $500 por cada citación5001349
1.21 Por notificación de ofertas de pago4000 (hasta)10788 (hasta)
1.22 Custodia de testamentos, documentos, dineros o valores hasta $800000500013485
Si los dineros o valores excedieran en su monto de $800000.-Arancel ConvencionalArancel Convencional
1.23 Por la concurrencia al otorgamiento de un instrumento público o certificación de una firma fuera de su oficina5000 (hasta)13485 (hasta)
Los derechos que correspondan al otorgamiento o certificación que ocurriere en horas comprendidas entre las 20:00 y las 08:00 o en un día inhábilArancel ConvencionalArancel Convencional
2. Además de los derechos de otorgamiento, el Notario percibirá por cada página de escritura matriz300809
Por copias de escrituras y actas de protesto se cobrará por carilla de la copia300809
3. Los certificados o documentos que autorice el Notario para acreditar el derecho a asignación familiar  Exentos de pago de derecho o de cualquiera prestación pecuniariaExentos
4. Los Derechos que determina el presente arancel son los máximos, pero no incluyen los gastos de movilización en que incurran los Notarios al practicar diligencias fuera de su oficioDe cargo de los interesados  De cargo de los interesados  
Tampoco comprenden el valor de otros servicios profesionales que prestare el Notario a los interesados, distintos de su función como Ministro de Fe.ConvencionalmenteConvencionalmente
Los Notarios deberán dejar constancia en cada matriz y en las copias y documentos que otorguen, el valor de los derechos que perciben conforme a las disposiciones de este arancel, sin perjuicio de emitir los comprobantes legales que correspondan  

Fuente informativa publicada en este sitio: Arancel de Notarios Públicos de Chile, valores máximos informados con fecha de publicación 03.12.1998 y reajustado hasta diciembre de 2025, según IPC otorgado por el Instituto Nacional de Estadísticas. Para actuaciones complejas o con cuantía, la notaría puede informar el cálculo específico aplicable al caso concreto.

ActuaciónValor UF
Suscripción 
Por la firma electrónica del formulario de creación de empresa y actividades conexas, cualquiera sea el número de comparecientes que asistan ante un mismo notario por un mismo acto0,26
Por revisar e incorporar al Registro los documentos necesarios para la firma de cada compareciente, si es que procediera0,18
Por incorporar en el Registro cualquier otro documento, si es que procediera:0,07
Migración 
Por revisar la coherencia entre el Certificado de Migración al Régimen Simplificado y el Formulario Electrónico de Migración debidamente completado, como así también la firma de este último0,39
Por revisar e incorporar al Registro los documentos necesarios para la firma de cada compareciente, si es que procediera0,18

Decreto Exento N°11 de 29 de enero de 2019 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija tarifas por el cobro del estampado de la firma electrónica por parte de los notarios públicos del país.